Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1939-09-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 18 de agosto, concedió al Ministerio de Hacienda v Crédito Público la autoriza cuín necesaria para trasladar una suma del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas al del Ministerio de la Economía Nacional,

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 78, articulo 768. Para el balneario de Utica Leves 127 y 192 de 1936) $ 9.000.00

AL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capítulo 52, artículo 300 bis. Para auxiliar las siguientes plantas eléctricas municipales, de conformidad con las disposiciones de la Ley 126 de 1938 y el Decreto reglamentario número 1112 del presente año, así: Parágrafo 19. Para la planta eléctrica de Utica 9.000.00
Sumas iguales $ 9.000.00 9.000.00

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 29 de agosto de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Minislro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Jorge GARTNER

El Ministro de Obras Públicas,

Abel CRUZ SANTOS

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