Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros, en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que era virtud de lo dispuesto por las Leyes 90 de 1914 y 27 de 1940, el Gobierno está construyendo en la ciudad de Bucaramanga los edificios para Cárcel de Distrito y para Palacio de Justicia, y
Que la obra del Palacio de Justicia será suspendida próximamente por haberse agotado los fondos apropiados en el Presupuesto del presente año,
DECRETA:
Articulo 1° Suprímanse en la Zona de Edificios Nacionales de Santander, los siguientes, cargos:
Palacio de Justicia de Bucaramanga:
Escribiente, Enfermero, Ayudante General de Almacén. Cárcel de Bucaramanga:
Dibujante.
Artículo 2° Créanse en la Cárcel de Bucaramanga en construcción dependiente de la Zona de Edificios Nacionales de Santander, los siguientes cargos, con las asignaciones;fue en seguida se expresan:
| Enfermero | $ | 140.00 mensuales. |
|---|---|---|
| Ayudante General de Almacén | $ | 250.00 mensuales |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a Í3 de junio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO
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