Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros, en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1949-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que era virtud de lo dispuesto por las Leyes 90 de 1914 y 27 de 1940, el Gobierno está construyendo en la ciudad de Bucaramanga los edificios para Cárcel de Distrito y para Palacio de Justicia, y

Que la obra del Palacio de Justicia será suspendida próximamente por haberse agotado los fondos apropiados en el Presupuesto del presente año,

DECRETA:

Articulo 1° Suprímanse en la Zona de Edificios Nacionales de Santander, los siguientes, cargos:

Palacio de Justicia de Bucaramanga:

Escribiente, Enfermero, Ayudante General de Almacén. Cárcel de Bucaramanga:

Dibujante.

Artículo 2° Créanse en la Cárcel de Bucaramanga en construcción dependiente de la Zona de Edificios Nacionales de Santander, los siguientes cargos, con las asignaciones;fue en seguida se expresan:
Enfermero $ 140.00 mensuales.
Ayudante General de Almacén $ 250.00 mensuales

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a Í3 de junio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO

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