Por el cual se reforma el marcado con el número 1129 de 1928

Rango Decreto
Publicación 1932-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Modifícase el parágrafo del artículo 1° del decreto número 1129 de 1928 (12 de junio), en el sentido de que el número de miembros que se formen para la Junta Directiva de las Sociedades Departamentales de Agricultores, será por lo menos de cinco, con sus respectivos suplentes.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 11 de octubre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.