Por el cual se crean dos plazas y se suprime otra en el Ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créase la plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de bolívar (Departamento de Jericó) y la de Oficial de Recibo en la de Sincelejo, y suprímese la de Ayudante en la de Guaduas.
Parágrafo. Este Decreto empezará á regir diez días después de su fecha en lo relativo á la supresión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 5 de Marzo de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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