Por el cual se distribuye una partida del capítulo 57, artículo 792

Rango Decreto
Publicación 1929-02-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legares, y

CONSIDERANDO

que en el capítulo 57, artículo 792, del Presupuesto de la actual vigencia, figura la suma de $ 6,000 para jornales, empaques y acarreos de textos y útiles de enseñanza,

DECRETA:

Artículo único. Distribúyase la suma de seis mil pesos que figura en la Ley de Apropiaciones del corriente año, para jornales, empaques y acarreos de textos y útiles de enseñanza, de la manera siguiente:

CAPITULO 57

Artículo 792. Para pago de jornales de los empleados empacadores del Ministerio de Educación Nacional, en seis meses enero a junio, inclusive $ 4,887
Para empaques y acarretos de textos y útiles de enseñanza 1,113
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS.
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