Por el cual se distribuye una partida del capítulo 57, artículo 792
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legares, y
CONSIDERANDO
que en el capítulo 57, artículo 792, del Presupuesto de la actual vigencia, figura la suma de $ 6,000 para jornales, empaques y acarreos de textos y útiles de enseñanza,
DECRETA:
Artículo único. Distribúyase la suma de seis mil pesos que figura en la Ley de Apropiaciones del corriente año, para jornales, empaques y acarreos de textos y útiles de enseñanza, de la manera siguiente:
CAPITULO 57
| Artículo 792. Para pago de jornales de los empleados empacadores del Ministerio de Educación Nacional, en seis meses enero a junio, inclusive | $ | 4,887 |
|---|---|---|
| Para empaques y acarretos de textos y útiles de enseñanza | 1,113 | |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 31 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Educación Nacional, J. Vicente HUERTAS. |
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