Por el cual se crean unos cargos en la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y en desarrollo del Decreto-ley 1543 de 1975,
decreta:
Artículo 1° Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos para la Secretaría de Integración Popular de que trata el Decreto-ley 1543 de 1975, así:
| Nombre del Empleo | Clase | Grado | Sueldo Básico | |
|---|---|---|---|---|
| Un Secretario de la Presidencia | 38 | $ | 18.000 | |
| Un Pagador | IV | 18 | 6.000 | |
| Tres Trabajadores, Sociales | III | 21 | 7.800 |
Artículo 2° En los términos del artículo anterior queda modificada la planta de personal establecida por el Decreto 2285 de 1973.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 27 de agosto de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la. República, Jaime Tovar Herrera. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Jaime Lopera Gutiérrez.
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