Por el cual se establece una oficina de expendio de timbre nacional

Rango Decreto
Publicación 1920-09-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Establécese en la ciudad de Pamplona una Agencia de expendio de papel sellado y timbre nacional.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Pomponio GUZMAN

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