Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1975-09-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 7 de 1975 (julio 31) del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 7 DE 1975

(julio 31).

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que con recursos del Fondo Nacional del Café suscriba y pague acciones de la Corporación Financiera del Tolima en cuantía de $ 1.415.000.00 y para que acepte que los dividendos que como accionista de ella le corresponden hasta la fecha, le sean pagados en acciones de la misma.
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Dado en Bogotá, D.E., a los treinta y un (31) días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco (1975).

El Presidente (Fdo.), Javier Ramírez Soto.

El Secretario (Fdo.), José Fernando Jaramillo H».

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 27 de agosto de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

Rodrigo Botero Montoya, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

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