Por el cual se hace la distribución de una partida global del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Hácese la siguiente distribución de la partida global de $ 150.000.00 (ciento cincuenta mil pesos) para escuelas parroquiales, correspondientes al artículo 2822, numeral 2 del programa 312 del Presupuesto Nacional del presente año.
| Colegio Parroquial Cardenal Luque de la Compañía de María, Parroquia de Santa Ana, Teusaquillo, Bogotá | $ | 30.000 |
|---|---|---|
| Colegio Parroquial de la Presentación de Garzón, Huila | $ | 15.000 |
| Colegio Parroquial "Marillac" de Altamira, Huila | $ | 15.000 |
| Colegio Parroquial de La Presentación de Pitalito, Huila | $ | 15.000 |
| Colegio Parroquial de la Sagrada Familia, Intendencia de San Andrés | $ | 15.000 |
| Colegio "Mariano de Jesús Eusse" Parroquia de Angostura, Angostura-Antioquia | $ | 15.000 |
| Colegio de Maria, Parroquia de la Mercede de Yarumal-Antioquia | $ | 25.000 |
| Colegio "Inmaculado Corazón de María, Parroquia de El Libano, Tolima | $ | 10.000 |
| Colegio Interparroquial del sur, Bogotá | $ | 10.000 |
Artículo 2° Los auxilios mencionados en el artículo anterior serán girados a los tesoros de los establecimientos respectivos previo el lleno de los requisitos legales.
Artículo 3° Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá. D. E., a 15 de octubre de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
El Ministro de Educación Nacional,
Octavio Arizmendi Posada.
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