Por el cual se crean tres puestos supernumerarios para la Aduana de Buenaventura, se hacen varios nombramientos y se reconocen unos sueldos

Rango Decreto
Publicación 1928-09-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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UNOS SLUELDOS

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Créanse tres puestos de Abogados Consultores supernumerarios para la Aduana de Buenaventura, con la asignación mensual de S 300 cada uno, quienes durarán en ejercicio de sus funciones hasta el treinta y uno (31) de diciembre del presente año, y se dedicarán al estudio de las reclamaciones viejas pendíente en la Administración de la Aduana.

Artículo 2.° Hacerce los siguientes, nombramientos para las dependencias del Ministetio de Hacienda y Crédito Público:

Abogados Consultores supernumerarios de la Aduana de Buenaventura, creados por el présente Decreto, se nombra a los señores. doctores Alonso Reyes, Abel Marín y Martín E. Uribe.

Agente de sales marítimas de Tuluá, creado por Decreto 1038, de fecha 18 do julio del presente año, se nombra al señor Eduardo Escobar.

Artículo 3.° Reconócese derecho a devengar sueldo desde el día primero del presente mes, fecha desde la cual están prestando sus servicios, a los señores Gustavo Vergara Q. como Mecanógrafo de la Sección de Encomiendas Postales del Exterior, y tfrtlio A. Gusmán, Ramiro Fernández y Mario J. Granados, como Ayudante segundo de Contabilidad, Agesite de Impuestos Nacionales y Escribiente de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, respectivamente, todos los nombrados por decrto 1665, fecha 7 del presento mes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de septiembre de 1928.

MIGUEL ARABIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Piiblico,

Esteban JARAMILLO

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