Por el cual se distribuyen unas apropiaciones (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1951-09-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Disminuyese en $ 55.000 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal K), del Presupuesto vigente, carretera Popayán-Mercaderes.
Artículo 2° Disminuyese en $ 30.000 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal M), del Presupuesto vigente, "Para la carretera Irra-Ponafont-Ríosucio".
Artículo 3° Disminuyese en $ 40.000 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal rr), del Presupuesto vigente, "Para la carretera Sevilla-Fundación".

Estas sumas se incorporarán en las partidas globales correspondientes a los artículos presupuéstales mencionados.

Artículo 4° Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 116, artículo 1578, "Para gastos de estudios, construcción, reconstrucción de la red de carreteras nacionales", hácese la siguiente distribución parcial:
Capítulo 116. Artículo 1578. Ordinal Z-7). Para la carretera Soatá-Onzaga $ 125.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva

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