Por el cual se reparte la suma destinada en la Ley 45 de 1925, para las Escuelas Normales de Cali y Popayán
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que los Departamentos del Cauca y del Valle en sendos telegramas al Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas manifiestan que las Escuelas Normales de mujeres pueden abrirse en el presente año si disponen aproximadamente de las sumas que se les asignan en la presente disposición ejecutiva, DECRETA:
La suma de $ 3,000 a que se refiere la Ley 45 de 1925 para las Escuelas Normales de Institutoras de Popayán y Cali, se distribuirá así:
| Para la Escuela Normal del Cauca | 1,000 |
|---|---|
| Para la Escuela Normal del Valle | 2,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de noviembre de 1925.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas,
José Ignacio VERNAZA.
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