Por el cual se designa la delegación de Colombia a la 72ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y se confiere un encargo

Rango Decreto
Publicación 1986-05-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, en su 230ª reunión, decidió que la 72ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, se celebre en la ciudad de Ginebra (Suiza), a partir del 4 de junio del presente año;

Que el orden del día de la 72ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo es el siguiente:

Que Colombia, en su calidad de Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo, ha sido invitada a designar una delegación tripartita, que la represente en el evento,

DECRETA:

Artículo 1º. Designase la siguiente delegación de Colombia a la 72ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se realizará, en la ciudad de Ginebra (Suiza), entre el 4 y el 25 de junio de 1986.

-Señor Jorge Carrillo Rojas, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, quién la presidirá con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial.

Delegado gubernamental:

-Doctor Héctor Charry Samper, Jefe de la Misión Permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial.

Consejeros técnicos del delegado gubernamental:

-Honorable Senador Laureano Alberto Arellano, Presidente de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República.

-Honorable Senador Luis Antonio Escobar Concha, Vicepresidente de la Comisión-Séptima del honorable Senado de la República.

-Honorable Senado Raimundo Emiliani Román, miembro de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República.

-Honorable Senador Raúl Orejuela Bueno, miembro de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República.

-Honorable Representante Joaquin Franco Escobar, miembro de la Comisión Cuarta de la honorable Cámara de Representantes.

-Honorable Representante Ernesto Manzanera, miembro de la Comisión Séptima de la honorable Camara de Representantes.

-Honorable Representante Carlos Daniel Abello Roca, miembro de la Comisión Séptima de la honorable Cámara de Representantes.

-Honorable Representante Eusebio Muñoz Perea, miembro de la Comisión Séptima, de la honorable Cámara de Representantes.

-Doctora Kylia de buqué. Consejero de la Misión Permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas.

-Doctor Luis Alberto Luna, Primer Secretario de la Misión Permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas.

-Doctor Ciro Arévalo Yepes, Tercer Secretario de la Misión Permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas.

Delegado empleador:

--Doctor Fabio Echeverri Correa, Presidente de la Asociación Nacional de Industriales. (ANDI).

Consejeros técnicos del delegado empleador:

-Doctor Juan Emilio Ramos. Palencia. Asesor Juridico de la Asociación Colombiana Popular de Industriales (ACOPI).

-Doctor Gabriel Jaime Arango, Vicepresidente Jurídico de Bavaria S. A.

-Doctor Carlos Eduardo Otálora, Vicepresidente de Asuntos Legales de Industrial de Gaseosas S. A.

-Doctor Mario Rodríguez Jácome, Vicepresidente de Relaciones Industriales de Eternit Colombiana S. A.

-Doctor Hugo Valverde, Gerente de Relaciones Industriales de Good Year de Colombia S. A. (Cali).

Delegado trabajador:

Señor Manuel Vélez Castilla, Secretario de Tansporte y Comunicaciones de la Unión de- Trabajadores de Colombia (UTC).

Consejeros técnicos del delegado trabajador:

-Señor Gustavo Serpa. Secretario de Planeación de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC).

-Señor Álvaro Ramírez Pinilla, Presidente de la Confederación General del Trabajo (CGT).

-Señor Gustavo Osorio, Presidente, de la Confederación Sindical de Trabajadores de Colombia (CSTC).

Artículo 2º. El señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jorge Carrillo Rojas, Presidente de la delegación, tendrá derecho durante el término de la comisión a doscientos setenta dólares (US$ 270.00) diarios por concepto de viáticos, que se pagarán con cargo al presupuesto ordinario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la vigencia fiscal de 1986.
Artículo 3º. Los señores Manuel Vélez Castilla, Gustavo Serpa, Alvaro Ramírez Pinilla y Gustavo Osorio tendrán derecho durante el término de la comisión a viáticos a razón de doscientos veinte dólares (US$ 220.00) diarios, que se pagarán con cargo al presupuesto ' ordinario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la vigencia fiscal de 1986.
Artículo 4°. El señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jorge Carrillo Rojas y los señores Manuel Vélez Castilla, Gustavo Serpa, Alvaro Ramírez Pinilla y Gustavo Osorio tendrán derecho a pasajes de ida y regreso para asistir al evento, los cuales se pagarán con cargo al presupuesto ordinario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la vigencia fiscal de 1986.
Artículo 5º. Los gastos de pasajes y viáticos que demande la asistencia a la Conferencia de los honorables Senadores Laureano Alberto Arellano, Luis Antonio Escobar Concha; Raimundo Emiliani Román y Raúl Orejuela Bueno, así como de los honorables Representantes Joaquín Franco Escobar, Ernesto Manzanera-, Carlos Daniel Abello Roca y Eusebio Muñoz, Perea, se pagarán con cargo a los presupuestos del honorable Senado de la República y de la honorable. Cámara de Representantes, respectivamente, para la vigencia fiscal de 1986.
Artículo 6º. Los gastos que demande la asistencia a la reunión de la Conferencia del delegado gubernamental, doctor Héctor Charry Samper, de sus consejeros técnicos, doctores Kylia de Duque, Luis Alberto Luna y Ciro Arévalo Yepes; del delegado empleador, doctor Fabio Echeverri Correa y de sus consejeros técnicos, doctores Juan Emilio Ramos Patencia, Gabriel Jaime Arango, Carlos Eduardo Otálora, Mario Rodríguez Jácome y Hugo Valverde, no ocasionarán erogación alguna, del presupuesto nacional.
Artículo 7º. Integrará igualmente la delegación, sin erogación alguna del presupuesto nacional, el doctor Ariel Armel Arenas, Presidente de la Confederación de Consumidores de Colombia CCC.
Artículo 8º. El tiempo de duración de la comisión que se confiere por el presente Decreto será de veinticuatro (24) días contados a partir del 3 de junio del año en curso.
Artículo 9º. Durante la comisión del señor Jorge Carrillo Rojas, encárgase del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social al Viceministro, doctor Germán Bula Escobar.
Artículo 10. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de mayo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno;

Jaime Castro.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Augusto Ramírez Ocampo.

El Ministró de Trabajo y Seguridad Social,

Jorge Carrillo Rojas.

El Secretario General de la Presidencia de la República,

Víctor G. Ricardo Pineros.

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