por el cual se modifica el Decreto 1658 del 13 de agosto de 1998

Rango Decreto
Publicación 1998-08-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícanse los artículos 1° y 2° del Decreto número 1658 del 13 de agosto de 1998 en el sentido de expresar que el cargo a que hace alusión es Secretario General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Código 0035, Grado 22 y no como allí aparece.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de agosto de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Carlos Murgas Guerrero.

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