Por el cual se fijan las asignaciones a los alumnos de los cursos especiales para preparación de Oficiales de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º De conformidad con el articulo 6° del Decreto extraordinario número 1718, de 1º de septiembre en curso, fijanse las siguientes asignaciones a los alumnos de los cursos especiales para preparación de Oficiales de la Policía Nacional.
- a) En el primer mes de estudios del curso, cincuenta pesos mensuales por alumno.
- b) En el segundo mes de estudios, cien pesos mensuales. .
- c) Del segundo mes en adelante, hasta la terminación del curso, ciento cincuenta pesos mensuales.
Artículo 2º Los alumnos que por razón de sus calificaciones sean dados de alta como Comandantes de División; devengaran durante el término del contrato una asignación mensual de $ 250.
Artículo 3º Este Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1º de septiembre de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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