Por el cual se le da nombre a un plantel de educación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 363 del 17 de febrero del presente año se ordenó la construcción del edificio para un colegio de segunda enseñanza en la Unidad Vecinal "Ospina Pérez", de esta ciudad;
Que el edificio mencionado estará al servicio del Gobierno a mediados del mes de octubre del corriente año;
Que los habitantes de la Unidad Vecinal "Ospina Pérez" en unánime y espontáneo plebiscito han solicitado al Gobierno Nacional se dé el nombre de "Lucio Pabón Núñez" al mencionado colegio, como testimonio de reconocimiento a la gran labor realizada por este eminente ciudadano en beneficio de la cultura desde el Ministerio de Educación Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. El Colegio de segunda enseñanza de la Unidad Vecinal "Ospina Pérez", de Bogotá, se denominará Colegio Nacional de Bachillerato "Lucio Pabón Núñez".
Artículo segundo. El Gobierno incluirá en el Presupuesto de la vigencia próxima las partidas indispensables para dotación y sostenimiento en general de esta institución.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de julio de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Mosquera Garcés
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