Por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
DECRETA:
Articulo 1.° A partir del 1° de enero de 1984, increméntanse en un seis por ciento (6%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del personal administrativo del servicio en el exterior.
Artículo 2.° Si resultaren fracciones inferiores a US$ 10.60, se aproximarán a la decena siguiente.
Artículo 3.° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. E., a 26 de enero de 1984.
belisario betancur
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Lloreda Caicedo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.)
Florángela Gómez de Arango.
La jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén.
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