por el cual se establece la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente

Rango Decreto
Publicación 1995-01-25
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, contenidas en el artículo 189, numeral 14 y las legales contenidas en el artículo 116 de la Ley 99 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1º. Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Número Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DIRECCIONGENERAL
Uno Director General de la Unidad Administrativa Especial 0155 21
Uno Secretario Ejecutivo 5040 21
Uno Conductor mecánico 5310 09
PLANTA GLOBAL
Tres Subdirector de la Unidad Administrativa Especial 0162 15
--- --- --- ---
Cinco Asesor 1020 11
Veintidós Jefe de Programa 2084 23
Veintidós Jefe de Programa 2084 21
Cinco Director Regional 2035 21
Cuatro Profesional Especializado 3010 19
Doce Profesional Especializado 3010 17
Catorce Profesional Especializado 3010 14
Trece Profesional Especializado 3010 12
Cuarenta y dos Profesional Universitario 3020 09
Tres Secretario Ejecutivo 5040 18
Trece Secretario ejecutivo 5040 16
Diez Auxiliar Administrativo 5120 20
Cinco Pagador 5045 20
Cinco Almacenista 5080 20
Uno Tecnólogo 4165 14
Ochenta y ocho Tecnólogo 4165 11
Noventa y dos Operario calificado 5300 11
Cuarenta y cuatro Operario calificado 5300 09
Uno Auxiliar de servicios generales 5335 09
Artículo 2º. El Director de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global de que trata este Decreto y ubicará el personal de acuerdo con la estructura, los planes y programas, la naturaleza de los empleos y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La reubicación de los funcionarios del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente, Inderena, adscritos a la División de Parques Nacionales Naturales en la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, se hará conforme a los lineamientos establecidos en el parágrafo único del artículo 99 de la Ley 99 de 1993.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de enero de 1995

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

La Ministra del Medio Ambiente,

Cecilia López Montaño.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo Conzález Montoya.

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