Por el cual se reorganiza una oficina, se suprimen unas plazas y se crean otras en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1920-09-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Reorganizase la Oficina Telegráfica de Istmína con el personal y asignaciones mensuales siguientes
Un Telegrafista Jefe, con $ 80
Un Ayudante, con 70
Un Cartero, con 14
Artículo 2° Suprímese una plaza de Ayudante en cada una de las Oficinas Telegráficas de Espinal y Santa Rosa de Osos, y créase la de Oficial de Recibo en la de Ciénaga y la de Ayudante en las de Bugalagrande, Churidó y Ríofrío (Valle), con las asignaciones mensuales de $ 40, $ 35, $ 40 y $ 35, respectivamente.
Articulo 3° Créase una plaza más de Copista en la Oficina Telegráfica de Girardot, y una de Cartero en la de Ciénaga; una más de Ayudante en cada una de las de Barranquilla, Cañafistula, Gamarra, La Gloria y Puerto Colombia, y dos más en cada una de las de Calamar, Cartagena, Banco y Girardot, con las mismas asignaciones mensuales de las de su clase en estas Oficinas.
Artículo 4° El presente Decreto empezará a regir diez días después de su fecha.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de septiembre de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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