Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico) por $43.813.144.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que los Ministerio de Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico, por medio de las Resoluciones números 882, 405, 5190, 5081, 5082, 2548, 2483 y 383 de 1979 declararon sobrante la suma de $ 43.813.144.00 con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 53, 54, 56, 57, 58. 59, 60 y 61 de 1979, por valor de $ 2.000.000, $ 1.100.000, $ 10.596.344, $ 2.400.000, $ 106.800, $ 4.500.000, $ 1,910.000 y $ 21.200.000, respectivamente, para amparar los traslados prespuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979:
AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 3, HASTA LA PAG. 4.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1979.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra
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