por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Justicia)

Rango Decreto
Publicación 1949-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en sil sesión del día 14 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Justicia, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Capítulo 20.
Del artículo 193. Para arrendamiento de locales con destino a los Juzgados de Circuito de la República, en el año $ 9.760.00
Capítulo 21
Del artículo 200. Para arrendamiento de locales al servicio de las oficinas de los Juzgados Municipales, en el año 20.000.00
Suman los contracréditos $ 29.700.00
Capítulo 15.
Al artículo 150. Para arrendamiento de locales al servicio de las oficinas de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, en el año $ 4.010.00
Capitulo 18
Al artículo 177. Para arrendamiento de locales con destino a las oficinas de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, en el año 15.540.00
Capítulo 19.
Al artículo 182. Para arrendamiento de locales con destino a los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, en el año 8.400.00
Capitulo 22
Al artículo 204. Para arrendamiento de locales con destino a los Juzgados del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional de fuera de la capital de la República, en el año 1.550.00
Capítulo 25.
Al artículo 242. Para arrendamiento de edificios y locales con destino a las Penitenciarías y Reclusiones de Mujeres, en el año 260.00
Suman los créditos $ 29.700.00
Articulo 2.° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de junio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Justicia, General Miguel SANJUAN-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernánJÁRAMILLO OCAMPO.

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