por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1948-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 21 de mayo del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA :

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
Capítulo 106.
Del artículo 1902. Para aumento de sueldos del personal de la Dirección de Edificios Nacionales $ 190.000.00
Capítulo 119.
Del artículo 2239. Para sueldos del personal de la Oficina de Empresas de Servicio Público 31.280.00
Suman los contracréditos $ 221.280.00
Capítulo 106.
Al artículo 1901. Para sueldos del personal del Ministerio de Obras Públicas, en el año $ 221.280.00
Suman los créditos $ 221.280.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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