Por el cual se suprime una oficina, se reorganizan otras y se crean unas plazas en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Suprímese la Oficina Telegráfica de Vijagual y reorganízanse las de Chigorodó y Micuro, con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Chigorodó. | ||
|---|---|---|
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 45 |
| Un Ayudante | 40 | |
| Para gastos de alumbrado | 2 50 | |
| Micuro. | ||
| Un Telegrafista Administrador de Correos | 45 | 45 |
| Un Ayudante | 40 | 40 |
| Para gastos de alumbrado | 3 | 3 |
Artículo 2.° Créase la plaza de Cartero en cada una de las Oficinas Telegráficas de Beltrán y Cintura, con la asignación mensual de $ 3.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.