Por el cual se adscriben las funciones de Recaudador de Hacienda Nacional del Municipio de Valledupar al Administrador de Correos

Rango Decreto
Publicación 1930-10-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones,

DECRETA:

Artículo unico. Adscríbénse las funciones de Recaudador de Hacienda Nacional de Valledupar al Administrador de Correos del mismo lugar, el cual, por razón de las nuevas funciones, tendrá derecho a un diez por ciento (10 por 100 de las sumas que recaude por ventas de papel sellado y estampillas de timbre y de sanidad, limitado ese porcentaje a treinta pesos ($ 30) mensuales, y a la partida que le fije el Ministerio de Guerra, como remuneración por el recaudo-del fondo de defensa nacional. En los términos del presente Decreto queda reformado el número 954.de junio 14 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Tulio Enrique TASCON

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.