por el cual se suprime, se crea unos cargos y se hace un nombramiento
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Chile, un (1) cargo de Segundo Secretario Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1.972.80), actualmente vacante.
Artículo 2° Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un (1) cargo de Segundo Secretario Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1.972.80) y nómbrase para desempeñarlo a la señora Gloria Triana V.
Artículo 3° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de julio de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Luis Fernando Jaramillo Correa.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodriguez.
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