Que fija una norma y aclara una disposición referente a colonización
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
decreta:
Artículo primero. Corresponderá al Gerente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, en sustitución del Gerente del Instituto de Colonización e Inmigración, el encargo de liquidar el antiguo Instituto de Parcelaciones, colonización y Defensa Forestal, llevando a término firmar las operaciones pendientes de que trata el artículo 1° del reto ley número 1894 de 1953.
Artículo segundo. El artículo séptimo del Decreto-ley número 461 de 1956 quedará así:
"Las escrituras de traspaso a la caja de inmuebles de propiedad del Instituto o del antiguo Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa, Forestal serán suscritas por el Ministerio de Hacienda en representación del Gobierno y de dichas entidades".
Artículo tercero. A1 efectuarse la liquidación del Instituto de Colonización e Inmigración se traspasarán al Instituto de Crédito Territorial los haberes del Gobierno en la Sociedad "Fibras del Carare".
Artículo cuarta. Este Decreto suspende las disposiciones que se sean contrarias, y regirá desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de julio de 1958.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno, Lucio Pabón Núñez.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Evaristo Sourdis - El Ministro de Justicia, Pedro Manuel Arenas,-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Villaveces.- El Ministro de Guerra, Mayor General Gabriel parís.- El Ministro de Agricultura y Ganadería, Hernando Salazar Mejía - El Ministro del Trabajo, Caster Jaramillo Arrubla.- El Ministro de Salud Pública. Gabriel Velásquez Paláu.- El Ministro de Fomento, Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.-El Ministro de Minas y Petróleos, Félix García Ramírez.- El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía.- El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Gustavo Berrio Muñoz - El Ministro de Obras Públicas. Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.
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