Por el cual se distribuyen varias partidas del presupuesto

Rango Decreto
Publicación 1932-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Las siguientes partidas del Presupuesto de la actual vigencia, correspondientes a los capítulos y artículos que a continuación se expresan, se distribuyen así:

Capítulo 53. Artículo 425.

Territorio de Arauca.

Mensual. En el año.
Sueldo del Inspector Escolar, a $ 43 33 519 96
Sueldos de diez Maestros de Escuelas, a $ 40 cada uno 400 4,800
Sueldos de siete Maestros de Escuela, a $ 35 cada uno 245 2,940
Suma $ 8,259 96

Capítulo 53. Artículo 427.

Territorio de Casanare.

Sueldo del Inspector Escobar, a $ $ 54 20 650 40
Sueldos de doce Maestros de Escuela, a $ 36 cada uno 432 5,184
Sueldos de doce Maestros de Escuela, a $ 27-90 cada uno 334 80 4,017
Suma $ 9,852

Capitulo 53. Artículo 433.

Territorio del Chocó.

Sueldo del Inspector Escolar, a $ 50 600
Sueldos de diez Maestros de Escuela, a $ 40 cada uno 400 4,800
Sueldos de diez Maestro de Escuela, a $ 35 cada uno 350 4,200
Para construcción del edificio para reducción de los indios, en el año 1,720

Capítulo 53. Artículo 440.

Territorio de La Goajira y Sierra Nevada.

Mensual. En el año.
Sueldos del Inspector Escolar, a $ 79 66 955 92
Sueldos de diez Maestros de Escuela, a $ 31-50 cada uno 315 3,780
Sueldos de diez Maestros de Escuela, a $ 27 cada uno 270 3,240
Sueldos de ocho Directores de Orfelinato, a $ 31-50 cada uno 252 3,024
Sueldos de diez y seis Profesores de Orfelinato, a $ 27 cada uno 432 5,184
Suma $ 16,183 92

Capítulo 53. Artículo 445.

Territorio de San Martín.

Sueldo del Inspector Escolar, a $ 48 576
Sueldo de siete Maestros de Escuela, $ 40 cada uno 280 3,380
Sueldos de veinticinco Maestros de Escuela, a $ 35 cada uno 875 10,500
Sueldo de tres Maestros de Escuela, a $ 41 cada uno 123 1,476
Suma $ 15,012

Capítulo 53, Artículo 447.

Territorio de Tierradentro.

Sueldo del Inspector Escolar, a $ 40 66 487 92
Sueldos de trece Maestros de Escuela, a $ 35 cada uno 455 5,460
Sueldos de trece Maestros de Escuela, a $ 30 cada uno 390 4,680
Suma $ 10,627 92

Capítulo 53. Artículo 450.

Terririo de Tumaco.

Sueldo del Inspector General del Territorio, a $ 100 1,200
Sueldo del Inspector Provincial de Tumaco, a 60 720
Sueldo del Inspector Provincial de Barbacoas, a 59 600
Sueldo del Inspector Provincial de Micay, a 50 600
Sueldo del Inspector Provincial de Maya, a 50 600
Sueldo del Inspector Local Escribiente de Tumaco, a 50 600
Sueldo de diez Maestros de Escuela, a $ 36 cada uno 360 4,320
Suma $ 8,640

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 2 de febrero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Secretario del Ministerio de Educación Nacional, encargado del Despacho,

Manuel J. HUERTAS G.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.