Por el cual se modifica el marcado con el número 401 de este año, en cuanto se refiere a la asignación mensual para la Recaudación de Hacienda Nacional de San Sebastián, en el Departamento del Magdalena

Rango Decreto
Publicación 1940-09-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Clasifícase en octavo grupo la Recaudación de Hacienda, Nacional de San Sebastián, en el Departamento del Magdalena, para el año comprendido entre el 19 de febrero de 1940 y el 31 de enero de 1941, y fijase la asignación mensual para la misma, en $ 25.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

Digitó: CC1.023.922.646

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