por el cual se crea un cargo en el servicio exterior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1ºCréase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Ecuador, un cargo de auxiliar administrativo 1 PA, Local, con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).
Artículo 2ºLas erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3ºEl presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de octubre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemi Sanin De Rubio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes R.
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