por el cual se autoriza el ejercicio de unas apropiaciones aplazadas por Decreto número 119 del corriente año (enero 17)

Rango Decreto
Publicación 1947-06-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

que el Consejo de Ministros, en su sesión de fecha 23 del presente mes de mayo, teniendo en cuenta la petición formulada por el Ministro de Educación Nacional y el concepto favorable sobre el particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, determinó levantar el aplazamiento de las partidas incorporadas en el Presupuesto vigente para el sostenimiento del laboratorio, biblioteca y demás gastos del Instituto de Ciencias Penales y Penitenciarias anexo a la Universidad Nacional, para sostenimiento en general del Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Cundinamarca, y para continuar la construcción de la Ciudad Universitaria, de Bogotá, cuyo ejercicio había sido aplazado por Decreto número 119 de 1947.

DECRETA:

Artículo 1 º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 119 de 1947 (enero 17), para las siguientes apropiaciones de la Ley de Gastos vigente:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPÍTULO 79

Enseñanza profesional.

Artículo 1352. Para el sostenimiento del laboratorio, biblioteca y demás gastos del Instituto de Ciencias Penales y Penitenciarias, anexo a la Universidad Nacional $60.000.00
Artículo 1354. Para sueldos del personal, adición y reparaciones del edificio, dotación y sostenimiento en general del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca (Ley 48 de 1945 y Decreto 546 de 1946) 50.000.00
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPÍTULO 103
Edificios nacionales - Construcción.
Artículo 2144. Para continuar la construcción de la Ciudad Universitaria, de Bogotá 50.000.00
Suma $160.000.00
Artículo 2 º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a los 28 de mayo de 1947.

MARIANO ORPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Educación Nacional,

Eduardo ZULETA ANGEL

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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