Por el cual se destina una partida para atender varios gastos en el Servicio Diplomático

Rango Decreto
Publicación 1956-08-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Destínase la partida de ocho mil dólares (US$ 8.000.00) para satisfacer los gastos que a continuación se enumeran:
Auxilio especial para la recepción que, con motivo del 20 de julio, ofrecerá la Embajada de Colombia en Caracas US$ 6.000.00
Gastos extraordinarios hechos por nuestro Embajador en Caracas, doctor Mauricio Obregón, en su calidad de Jefe de la Delegación Colombiana encargada de adelantar las negociaciones sobré un nuevo Convenio de Aviación Civil con los Estados Unidos de América, US$ 2.000.00

Parágrafo. La suma a que se refiere el presente artículo, será imputada al Capítulo 67, artículo 682 del presupuesto vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores, y situada a órdenes del Embajador de Colombia en Caracas, en el Consulado General en Nueva York.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., a 25 de julio de 1956.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis

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