Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, en la suma de $ 40.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Rotatorio Nacional de Valorización por medio de la. Resolución número 4169 del 7 de mayo de 1980 destino la suma de $40.000.000.00 (cuarenta millones de pesos) moneda corriente para, ser invertida a través del Fondo Vial Nacional para la construcción de la carretera Cartagena Barranquilla
Que según Comprobante de ingresos de Fondos número ÁA 20776 del i de junio de 1980, el Fondo Vial Nacional recibió el valor de $40.000.000.00 (cuarenta millones de pesos) moneda corriente;
Que de conformidad con disposiciones legales vigentes, dicha partida debe incorporarse al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia;
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para el trámite de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adicionase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia, fiscal de 1980, en la cantidad de $ 40.000.000.00 (cuarenta millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Presupuesto de Ingresos.
Otros recursos.
| Numeral 14 | Fondo Rotatorio Nacional de Valorización | 40.000.000 |
|---|---|---|
| Suman los Ingresos | 40.000.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980; en la suma de $ 40.000.000.00 (cuarenta millones de pesos), moneda corriente, de acuerdo con la siguiente, distribución
Presupuesto do Gastos:
Inversión directa.
PROGRAMA 08
Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras troncales transversales.
| Artículo 12 | Transversal del Caribe | 40.000.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 3 | Cartagena Puerto Colombia Barranquilla | 40.000.000 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de julio de 1980,
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez
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