Por la cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 2.045.788.626.85
E1 Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979 quedaron saldos de apropiaciones que no se alcanzaron a ejecutar durante dicha vigencia por un valor total de $3.643.074.693.02 (tres mil seiscientos cuarenta y tres millones setenta y cuatro mil seiscientos noventa: y tres pesos con dos centavos) moneda corriente.
Que durante la vigencia fiscal de 1979 se estableció un déficit de Caja equivalente a $566.242.440.52 (quinientos sesenta, y seis millones doscientos, cuarenta y, dos mil cuatrocientos cuarenta pesos con cincuenta y dos centavos moneda corriente, de Recursos, Propios, suma que debe deducirse del saldo enunciado en el considerando anterior;
Que de los recursos financiados con el contrato de empréstito de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia de junio 25 de 1977, autorizado por Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público número 396 del 29 de noviembre de 1977 por valor de $10000000000 (cien millones de pesos) moneda corriente, incorporados en los Presupuestos 1 de 1978 $48.000.000.00(cuarenta, y ocho millones pesos moneda corriente y de 1979 $ 52.000.000.00.(cincuenta y dos, millones de pesos) moneda corriente, de los cuales Fedecafé únicamente pagó durante estos años la suma de $40.213.260.43 (cuarenta millones doscientos trece mil doscientos sesenta pesos con cuarenta y tres centavos) moneda corriente, quedando un saldo pendiente por pagar en 31 diciembre 1979 de $59.786.739,57 (cincuenta y nueve millones setecientos ochenta y seis mil setecientos treinta y nueve pesos con cincuenta f siete centavos)moneda corriente, suma que ingresará durante la actual vigencia, por lo cual se debe incorporar al Presupuesto del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal 1980
Que el total de los recursos citados en los considerandos anteriores, asciende a la suma de $31.366.189.992.07 (tres mil ciento treinta, y seis millones seiscientos dieciocho mil novecientos noventa y dos pesos con siete centavos) moneda corriente, de los cuales se deduce el déficit acumulado neto a diciembre 31 de 197 por valor ; de $169.176.237.52 (ciento sesenta, y hueve millones ciento setenta y seis mil, doscientos treinta y siete pesos con cincuenta y dos centavos) moneda corriente, que resulta del déficit acumulado a 31 de diciembre de 1978 de $ 21522581040 (doscientos quince millones doscientos veinticinco mil ochocientos diez pesos con cuarenta centavos) moneda corriente , menos las aplicaciones contabilizadas por fondos recibidos de -FONADE- por $2508558563 (veinticinco millones ochenta y cinco mil quinientos ochenta y cinco pesos con sesenta y tres centavos) moneda, corriente y recibido de Fedecafé por $ 2096398725 (veinte millones novecientos sesenta y tres mil novecientos ochenta y siete pesos con veinticinco centavos), moneda corriente; el valor de $880.238.367.70 (ochocientos ochenta millones doscientos treinta y ocho mil trescientos sesenta y siete pesos con setenta centavos) moneda corriente, de Recursos del Crédito Externo que de acuerdo con inversiones realizadas en la, vigencia de 1979, no se generarán;, y el valor de $41.415.760.00 (cuarenta y un millones cuatrocientos quince mil setecientos sesenta pesos) moneda corriente, financiados recursos del 5% de producción de: los yacimientos de la Guájira incorporados mediante Decreto número 26 de octubre 16 de 1979 que no sé ejecutaron los ingresos ni los gastos en la vigencia de 1979 y en base a que el recaudo se obtuvo en febrero19 de 1980 por valor de $47.429.347.10 (Cuarenta y Siete millones cuatrocientos veintinueve mil trecientos cuarenta y siete pesos con diez centavos) moneda, corriente, se proyectó decreto de incorporación separado, que se encuentra en trámite de aprobación
De lo anterior se establece la suma de $2.045.788.626.85 (dos mil cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y ocho mi1 seiscientos veintiséis pesos con ochenta y cinco centavos) moneda corriente, como Recursos de Balance liquidados en el ejercicio fiscal de 1979;
Que de acuerdo con la Ejecución y Programas del Fondo Vial Nacional para, 1980, existen proyectos de terminación prioritaria) para los cuales, las apropiaciones asignadas son insuficientes
Que por otra parte, dentro de los sobrantes de 1979 se contemplan apropiaciones para proyectos que pueden ser atendidos suficientemente con el presupuesto de la vigencia, de 1980 y otro sobre los cuales no existen compromisos ni programas de inversión
Que en el Artículo13 del Decreto 286; 2 del 20 de noviembre de 1968 se autoriza al Ministerio de Obras Públicas para, destinar, los saldos no, utilizados del Presupuesto del Fondo Vial Nacional para, los proyectos que ajuicio este organismo, necesité
Que se han, cumplido los requisitos legales necesarios para la Tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA
Artículo 1°. Adicionase el Presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia, fiscal de 1980, en la cantidad de $2.045.788.626.85 (dos mil cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos con ochenta y cinco centavos) moneda, corriente, así:
Presupuesto de Ingresos
Artículo 2°. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior adiciónese el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal, de: 1980 en la cantidad de $2.045.788.626.85 ( dos mil cuarenta y cinco millones setecientos ochenta, y ocho mil seiscientos veintiséis piesos1 con ochenta y cinco centavos) moneda corriente de acuerdo con la siguiente distribución:
Presupuesto de Gastos
Inversión Directa
Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D E, a 7 de julio de 1980
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez
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