Por el cual se modifican los artículos 2º y 8º del Decreto 3805 de 1985

Rango Decreto
Publicación 1986-06-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales,

DECRETA:

Artículo 1. El artículo 2 del Decreto 3805 de 1985, quedará así:

"La Orden se concederá a Oficiales, Suboficiales y soldados de Casas Militares al servicio de Jefes de Estado y de Gobiernos extranjeros y de la Casa Militar de la Presidencia de la República, así como las demás personas y a las unidades militares de que trata el artículo 8º, que a juicio del Consejo de la Orden, se hagan acreedores de esta distinción".

Artículo 2. El artículo 8 del Decreto 380 de 1985, quedará así:

"La Orden al Mérito Coronel Guillermo Fergusson, tendrá las siguientes categorías:

La Orden en el grado de Comendador se podrá conceder a los Jefes de las Casas Militares al servicio de Jefes de Estado y de Gobiernos extranjeros y al de la Presidencia de la República. Podrá también otorgarse a los Generales de la República y a eminentes personalidades que hayan prestado invaluables servicios a la Presidencia de la República y a unidades terrestres, navales y aéreas de las Fuerzas Armadas.

La Orden en el grado de Oficial, podrá concederse a los Subjefes de las Casas Militares, o a quienes hagan sus veces, a los Edecanes Presidenciales, a los Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas y a particulares que hayan prestado servicios meritorios a la Casa Militar.

La Orden en el grado de Caballero podrá concederse a los Oficiales Subalternos y Suboficiales que y presten sus servicios en la Casa Militar y al personal civil de la Casa Militar.

Igualmente podrá concederse a los Oficiales Subalternos, Suboficiales y soldados que pertenezcan al Batallón Guardia Presidencial y a los Agentes".

Artículo 3. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de mayo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Defensa Nacional,

General

Miguel Vega Uribe.

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Victor G. Ricardo.

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