DECRETO 174 DE 1949

Rango Decreto
Publicación 1949-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 90 de 1948.

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones:

RESOLUCION NUMERO 2 DE 1949 (ENERO 19)

La Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios; Importaciones y Exportaciones,

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1º La validez de los certificados de cambio, adquiridos por importadores antes del 20 de diciembre de 1948 que no pudieron utilizar la adjudicación del 10% que se hizo a los cupos básicos para mercancías del segundo grupo, será de treinta días más a partir de la fecha de su vencimiento.
Artículo 2º Las Seccionales del Control aprobarán con dos firmas autorizadas las respectivas prórrogas una vez efectuada la comprobación del caso.

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá a 19 de enero de 1949.

El Presidente de la Junta Directiva (firmado). José María BERNAL-El Jefe de la Oficina, (firmado), Arturo García Salazar.

Fue aprobada por la Junta Directiva de la Oficina en sesión celebrada el día 19 de enero de 1949, acta número 6, de conformidad con lo establecido por la Ley 90 de 1948,

El Subjefe de la Oficina (firmado), Arturo Bonnet

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de enero de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL.

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