Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Navegación Fluvial)

Rango Decreto
Publicación 1951-09-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. A partir del primero de septiembre del presente año suprímense los cargos de Inspectores Fluviales de Puerto Carreño y Puerto López, dependientes del Departamento de Navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leyva

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