Por el cual se hacen unas traslaciones dentro en el presupuesto de Gastos de funcionamiento e inversión para la vigencia fiscal de 1962. (Ministerio de Agricultura), por la suma de $ 344.328.00

Rango Decreto
Publicación 1962-07-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962;

Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículo 92 y 1º de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 44, de junio 15 de 1962;

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 1° del citado Decreto legislativo número 1599 de 1953, las traslaciones de apropiaciones entre artículos de un mismo Capítulo del Presupuesto Nacional, o entre artículos de distintos Capítulos de un mismo Ministerio o Departamento Administrativo, no requieren la aprobación previa del Consejo de Ministros, y

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta clase de negocios, según se deduce del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Mácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento e inversión para la presente vigencia fiscal;
Presupuesto de Funcionamiento,
Ministerio de Agricultura.
Contracréditos.
I - Gastos directos del Ministerio.
B) Rama Técnica
CAPITULO 0709
División de Recursos Naturales.
Programa II
Control de Aguas
Subprograma 2. Estudio y Control Regional de Aguas de uso público.
Gastos generales.
105. 217. Artículo 07122. Compra de equipo $ 12.063
Presupuesto de inversión.
CAPITULO 2602
División de Cultivos.
Programa II
Sanidad Vegetal.
Gastos generales.
406 212. Artículo 26078. Compra de equipo 15.000.
CAPITULO 2603
División de Ganadería.
Programa I
Sanidad Pecuaria,
Gastos generales.
406. 213. Artículo 26100. Materiales y suministros 10.000.
406. 213. Artículo 26101. Compra de equipo 20.000.
Programa II
Zootecnia y Nutrición Animal.
Gastos generales.
409. 213. Artículo 26114. Compra de equipo 40.000.
Programa IV
Industrias Menores.
Gastos generales.
409. 21 1. Artículo 20135. Compra de equipo 10.000.
Programa V
Inseminación y Patología Genital.
Gastos generales.
406. 213. Artículo 26146. Materiales y suministros 12.265
406 213. Artículo 26147. Compra de equipo 35.000.
CAPITULO 2604
División de Recursos Naturales
Programa I
Conservación y Manejo de Suelos
Gastos generales.
410. 217. Artículo 26158. Compra de equipo 40.000.
Programa III
Caza, Piscicultura y Pesca
Gastos generales.
409. 217. Artículo 26185. Compra de equipo 20.000.
409. 217. Artículo 26186. Viáticos y gastos de viaje 10.000.
Programa IV
Estudios de Riego.
I-Gastos generales
401. 211. Artículo 26196. Estudios y obras de riego 120.000.
Suman los contracréditos $ 344.328
Créditos
Presupuesto de funcionamiento
I - Gastos directos del Ministerio.
A) Dirección del Ministerio.
CAPITULO 0701
Gabinete del Ministro.
Servicios personales
102. 111. Artículo 07003. Prima de Navidad $ 3
CAPITULO 0702
Secretaría General.
Servicios personales
102. 111. Artículo 07010. Prima de Navidad $ 40.
B) Rama Técnica.
CAPITULO 0709
División de Recursos Naturales.
Programa II.
Control de Aguas.
Subprograma 1. Estudio y Reglamentación de Aguas.
Servicios personales
102. 217. Artículo 07105. Prima de Navidad 1.470
Subprograma 2. Estudio y Control Regional de Aguas de Uso Público.
Servicios personales
102. 217. Artículo 07119. Prima de Navidad 209
C) Rama Administrativa
CAPITULO 0714
División de Personal.
Servicios personales
102. 111. Artículo 07234. Prima de Navidad 1.300
CAPITULO 0715
División de Presupuesto.
Programa II
Costos
Servicios personales
102. 111. Artículo 07248. Prima de Navidad 50
CAPITULO 0716
Servicios Generales.
Programa I.
Administración de la División.
Servicios personales
102. 111. Artículo 07264. Prima de Navidad 9.000
Presupuesto de Inversión.
CAPITULO 2602
División de Cultivos.
Programa I
Cultivos Generales.
Servicios personales
406. 212. Artículo 26065. Prima de Navidad 15.000
Programa III
Fomento de Frutales.
Servicios personales
406. 212. Artículo 26080. Prima de Navidad 20.540
CAPITULO 2603
División de Ganadería.
Programa I
Sanidad Pecuaria.
Servicios personales
406. 213. Artículo 26098. Prima de Navidad 167.000
Programa II
Zootecnia y Nutrición Animal.
Servicios personales
406. 213. Artículo 26111. Prima de Navidad 10.125
Programa V
Inseminación y Patología Genital.
Servicios personales
400. 213. Artículo 26144. Prima de Navidad $2.400
CAPITULO 2604
División de Recursos Naturales
Programa 1
Conservación y Manejo de Suelos.
Servicios personales
410. 217. Artículo 26155. Prima de Navidad 15.500
Programa II
Desarrollo Forestal.
Servicios personales
410. 217. Artículo 26168. Prima de Navidad 71.000
Programa III
Caza, Piscicultura y Pesca.
Servicios personales
409. 217. Artículo 26181. Prima de Navidad 31.000
Suman los créditos $ 344.328
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E, a 6 de julio de 1962

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge Mejía Palacio

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