Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Gobierno)

Rango Decreto
Publicación 1943-09-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 27 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la notar número 1194 procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1º Hácese el siguiente -traslado en el; Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Capítulo 90.
Del artículo 1326. Para terminar la construcción de la Escuela de Artes y. Oficios del Carmen (Bolívar) $ 9.500.00
Capitulo 90.
Al artículo 1326-A. Para continuar la construcción de la Escuela Normal de Sincelejo $9.500 00.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Arcesio LONDOÑO PALACIO

El Ministro de Obras Públicas,

Marco Aurelio ARANGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.