Por el cual se crean unos cargos en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere en artículo 3° de la Ley 33 de 1947.
DECRETA :
Artículo único. Créanse en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales dos plazas más de Revisores Primeros de Contabilidad de la Sección Primera, con una asignación mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) cada uno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de mayo de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
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