por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
(Ministerio de Obras Públicas). '
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 7 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | |
|---|---|---|
| Capítulo 95. | ||
| Al artículo 1681. Para adquisición de una draga marina con destino a la conservación y defensa de los puertos marítimos | $ | 500.000.00 |
| Capítulo 99. | ||
| Del artículo 1753-A. Para los gastos que demande la ampliación de la carretera de Occidente en Bogotá (Avenida del Centenario) | 200.000.00 | |
| Capítulo 103. | ||
| Del artículo 1901. Para continuar las obras de reformas y adaptación del Capitolio Nacional | 3.000.00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 703.000.00 |
| Capítulo 96. | ||
| Al artículo 1699 Para adquisición de equipos para el Puerto Terminal de Barranquilla y Bocas de Ceniza, y para conservación y reparación del actualmente en servicio, en el año | $ | 500.000.00 |
| Capítulo 98 | ||
| Al artículo 1716. Para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la carretera Cali-Buenaventura, en el año, según distribución que hará el Gobierno | 200.000.00 | |
| Capítulo 107. | ||
| Al artículo 1947. Para el pago de cuentas de vigencias anteriores | 3.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 703.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Alvaro DÍAZ S.
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