por el cual se suprimen unos cargos en la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil

Rango Decreto
Publicación 1996-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Suprímanse de la planta global del personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, establecida por el Decreto 249 de 1994, los cargos que se relacionan a continuación:
Número de cargos Denominación del cargo Nivel Grado
Uno Profesional Aeronáutico III 32 27
Uno Profesional Aeronáutico I 30 23
Uno Técnico Aeronáutico III 22 16
Uno Técnico Aeronáutico II 21 14
Cuatro Auxiliar IV 13 12
Uno Auxiliar IV 13 11
Nueve Auxiliar IV 13 10
Seis Auxiliar III 12 09
Tres Auxiliar III 12 08
Seis Auxiliar III 12 07
Uno Auxiliar II 11 06
Uno Auxiliar II 11 04
Catorce Auxiliar 1 10 03
Total (49)
Artículo 2º. Los funcionarios escalafonados que a la fecha de publicación del presente Decreto se hallen ejerciendo cualquiera de los cargos que se suprimen en el artículo 1º, tendrán derecho al pago de la indemnización de que trata el artículo 8º de la Ley 27 del 23 de diciembre de 1992 y el Decreto Reglamentario 1223 del 28 de junio de 1993, siempre y cuando se cumpla con los presupuestos legales para tal efecto.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 249 de 1994.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 20 de septiembre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Carlos Hernán López Gutiérrez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.