Por el cual se adiciona el presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia de 1973, en la cantidad de $ 6.000.000.00 y $ 3.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que la Contraloría General de la República según el oficio número 858235 de abril 5 de 1973, constituyó reservas de apropiación sobre la vigencia de 1972 por $ 3.000.000 (tres millones de pesos moneda corriente), correspondiente al programa de Edificios, Parques y Monumentos Nacionales;
Que en el cumplimiento del Decreto número 369 de marzo 10 de 1972, dicha partida se debe incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1973, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1°. Adicionase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $ 3.000.000 (tres millones de pesos moneda corriente), según el siguiente detalle:
| Presupuesto de Ingresos. | ||
|---|---|---|
| Ingresos no Tributarios | ||
| Aportes. | ||
| Numeral 2 | Aporte del Gobierno Nacional - Ministerio de Obras Públicas - Bonos de | |
| Desarrollo Económico | $ 3.000.000 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de $ 3.000.000 (tres millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución:
| Presupuesto de Gastos. |
|---|
| Inversión Directa. |
|---|
| Programa 01. |
| Estudios, reconstrucción, conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. |
| Artículo 01 - | Estudios, construcción, reconstrucción, conservación de edificios, monumentos y parques nacionales. |
|---|---|
| parques nacionales. | |
| Proyecto - Construcción edificio Ministerio de Relaciones Exteriores | $ 3.000.000 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30de agosto de1973.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría. El Ministerio de Obras Públicas, Argelino Durán Quintero.
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