Por el cual se aclara y reforma en parte el Decreto número 364 de 1925, sobre uniformes para el Ejército

Rango Decreto
Publicación 1925-12-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República Colombia,

en uso de facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Suprímense los distintivos de las armas en los cuellos de las blusas de servicio diario y campaña; la distinción solo se hará, tanto para Oficiales y tropa (de guerra y administración), por medio del vivo en las hombreras.
Artículo 2° El alto de la gorra no pasará de doce centímetros, y el círculo de paño de color del distintivo del arma tendrá solamente tres y medio centímetros de diámetro.
Artículo 3° Con el pantalón lardo de color gris verdoso, se usará gorra azul y calzado negro (con este uniforme no se usará el cinturón de campaña); la gorra gris sólo se usará con pantalón corto del mismo color.
Artículo 4° El cordón forrajero irá colocado del cuello a la hombrera (o charretera) derecha.
Artículo 5° Se establece el uso de la bandolera, que será como el cinturón de parada, pero de cinco centímetros de ancho, con los colores de la bandera nacional forrada en paño azul. En el extremo que cae sobre la cadera derecha, irá una cartuchera de charol negro con el escudo nacional dorado en el centro; este tendrá cuatro centímetros de alto. La bandolera se hebillerá en el centro de la espalda y será usada solamente por los Oficiales de tropas montadas (Caballería, Artillería y Tren).
Artículo 6° El uso del sable con el cinturón de es obligatorio
Artículo 7° Los Suboficiales llevarán la jineta en ambas mangas
Artículo 8° Desde el primero de enero próximo queda permitido el uso de capote y capa de color gris plomo y de cuello azul claro, fuera de los actos del servicio. El mencionado capote llevará hombreras de la misma tela y color, con vivo del distintivo del arma, con las prescritas para la blusa de servicio diario y campaña.
Artículo 9° Prorrógase hasta el mes de julio de 1926 la entrada en vigencia del Decreto 364 de este año, sobre uniformes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de noviembre de 1925.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la Republica, el Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO-El Ministro de Guerra, Francisco SORZANO.

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