por el cual se adiciona el Decreto 1485 del 15 de julio de 2002

Rango Decreto
Publicación 2002-08-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades conferidas en el articulo 189, numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 688 de 2001,

DECRETA:

Artículo 1º. Adicionar el Articulo 3º. Integración Regional del Decreto 1485 del 15 de julio de 2002, en el sentido de incluir al departamento del Cauca, dentro de los departamentos, que conforman la región 3. Occidental.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Transporte,

Gustavo Adolfo Canal Mora.

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