por el cual se modifica la planta de personal de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para modificar la planta de personal presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y 95, 96 y 97 del Decreto número 1227 de 2005, encontrándolo ajustado técnicamente y emite, en consecuencia, concepto técnico favorable;
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase la planta de personal de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), en el sentido de crear los siguientes empleos:
| N° de cargos | Dependencia y denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (uno) | Vicepresidente de Agencia | E2 | 05 |
| 3 (tres) | Gerente de Proyectos o Funcional | G2 | 09 |
| 2 (dos) | Experto | G3 | 08 |
| 3 (tres) | Experto | G3 | 07 |
| 1 (uno) | Técnico Asistencial | O1 | 09 |
| 1 (uno) | Técnico Asistencial | O1 | 05 |
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 665 de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Transporte,
Cecilia Álvarez-Correa.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.