por el cual se modifica la estructura de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar – Coljuegos
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la Empresa Industrial y Comercial del Estado - Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar - Coljuegos, en reunión celebrada el 22 de marzo de 2013, como consta en Acta 16, decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la modificación de su estructura.
Que de conformidad con lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 8° del Decreto 4142 de 2011, el cual quedará así:
"Artículo 8°. La Empresa Industrial y Comercial del Estado, Coljuegos, para el cumplimiento de sus funciones, contará con la siguiente estructura:
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- Junta Directiva.
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- Presidencia.
- 2.1. Oficina Asesora Jurídica
- 2.2. Oficina Asesora de Planeación
- 2.3. Oficina de Control Interno
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- Vicepresidencia de Desarrollo Organizacional
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- Vicepresidencia de Innovación de Juegos.
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- Vicepresidencia de Desarrollo de Mercados
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- Vicepresidencia de Gestión Contractual
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- Órganos de Asesoría y Coordinación
- 7.1. Comité de Dirección".
Artículo 2°. Funciones de la Oficina de Control Interno. Serán funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
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- Asesorar y apoyar al Presidente de la Empresa en el diseño, implementación y evaluación del Sistema de Control Interno y verificar su operatividad.
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- Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de las funciones de la Empresa.
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- Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Presidente de la Empresa, de conformidad con los indicadores de gestión, diseñados y reportados periódicamente por la Oficina Asesora de Planeación.
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- Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Empresa, recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementación.
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- Asesorar, a las dependencias de la Empresa en la identificación y prevención de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos.
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- Asesorar, acompañar y apoyar a los servidores de la Empresa en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al Presidente sobre la marcha del Sistema.
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- Presentar informes de actividades al Presidente y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno o quien haga sus veces.
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- Planear, dirigir y realizar la evaluación del Sistema de Control Interno.
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- Preparar y consolidar el Informe de Rendición de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contraloría General de la República al comienzo de cada vigencia.
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- Coordinar y consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gestión de la Empresa.
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- Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión Institucional, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
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- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 3°. Modificase el artículo 13 del Decreto 4142 de 2011, el cual quedará así:
"Artículo 13. Funciones de la Oficina de Planeación. Serán funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes:
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- Dirigir, administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeación y Gestión de la Empresa.
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- Definir directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, evaluación, seguimiento de planes, programas y proyectos de la Empresa.
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- Asesorar al Presidente y demás dependencias en la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión de la Empresa.
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- Establecer, conjuntamente con las dependencias de la Empresa, los índices y los indicadores necesarios para garantizar un adecuado control de gestión a los planes y actividades de Coljuegos.
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- Diseñar metodologías para elaborar y/o actualizar los manuales de procesos y procedimientos de cada una de las dependencias de la Empresa y coordinar su elaboración, desarrollo e implementación.
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- Asesorar a las dependencias internas en la racionalización de los procesos y procedimientos de la Empresa.
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- Elaborar la programación presupuestal y plurianual de la Empresa.
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- Preparar, en coordinación con la Vicepresidencia de Desarrollo Organizacional y demás dependencias de la Institución, el anteproyecto de presupuesto de la entidad, de acuerdo con las directrices que dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Presidente de Coljuegos, para aprobación de la Junta Directiva de la Empresa.
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- Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de la Empresa.
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- Promover y evaluar los programas de cooperación técnica internacional en coordinación con las autoridades competentes.
11 Coordinar el proceso de planeación estratégico-institucional acorde con procesos establecidos y políticas públicas sectoriales y realizar el seguimiento y evaluación a su ejecución.
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- Estructurar los informes relacionados con los avances y resultados de la estrategia institucional, los planes, programas y proyectos, de acuerdo con requerimientos y normas vigentes.
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- Asesorar y coordinar la planeación de estrategias, proyectos y actividades relacionados con la implementación y reporte de las políticas de desarrollo administrativo, siguiendo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
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- Realizar la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo.
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- Consolidar la información y resultados de la implementación de las políticas de desarrollo administrativo e informar de los mismos al Presidente de la Empresa.
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- Las demás señaladas en la normativa vigente, que le sean asignadas o delegadas".
Artículo 4°. Suprímase los numerales 6 y 7 del artículo 16 del Decreto 4142 de 2011.
Artículo 5°. Adiciónase al artículo 17 del Decreto 4142 de 2011, los siguientes numerales:
"9. Preparar el plan estratégico para contrarrestar la operación ilegal en coordinación con las entidades y autoridades competentes que incluya, entre otras, estimaciones de la ilegalidad y acciones dirigidas a aquellos segmentos de operadores de juegos en los que existe mayor concentración de ilegalidad.
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- Coordinar y ejecutar con las entidades y autoridades competentes la implementación del plan estratégico contra la operación ilegal".
Artículo 6: Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 4142 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.