DECRETO 1748 DE 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere la Ley 3° de 1930, y
CONSIDERANDO
que las dificultades de orden fiscal que atraviesa actualmente el país, imponen las mayores economías posibles en el servicio público, y teniendo en cuenta el concepto favorable del señor Capellán General del Ejército.
DECRETA:
Desde la fecha del presente Decreto se disminuye en diez pesos ($ 10) mensuales la asignación que devengan tanto el Capellán General, Jefe de la Sección de Culto del Ministerio de Guerra, como los demás Capellanes del Ejército.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1930,
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
Agustín MORALES OLAYA
Digitó: CC.52.741.900
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