Por el cual se adiciona el presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1981 en la suma de $ 40.000.000
ElPresidentede la República de Colombia en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Quede acuerdo con el convenionúmero034 de 1981, celebrado entre la Cámara de Representantes de Colombia y el Fondo de Inmuebles Nacionales, para la adquisición demuebles condestinoa ladecoración del Salón Elíptico, el Fondo recibirá la suma de $ 40.000.000, para cumplir con el objetivo de dicho convenio y para la cualyase tramitó la orden de pago definitivo del 27 de abril de 1981,porla cantidad de $ 20.000.000, valor que no ha sido incorporado enelpresupuesto del Fondo de Inmuebles Nacionales;
Que por tratarse de fondos con destinación específica se deben incorporar al presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales delaactual vigencia;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el presupuesto de Ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1981, en la cantidad de cuarenta millones de pesos ($ 40.000.000), moneda corriente de acuerdo con el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Otros recursos
| Numeral 6. Transferencia de la Cámara de Representantes de acuerdo al Convenio número 034 de 1981 | $ 40.000.000 |
|---|---|
| Suma el recurso | $ 40.000.000 |
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1981 en la cantidad de cuarenta millones de pesos ($ 40.000.000) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión directa
Programa 01
Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.
| Artículo 03. Parque y monumentos nacionales | Artículo 03. Parque y monumentos nacionales | $ 40.000.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 9. Capitolio Nacional | 40.000.000 | |
| Total Programa 01 | $ 40.000.000 | |
| Total presupuesto de Gastos | $ 40.000.000 |
Artículo 3 º . El presente Decreto rigeapartir de la fecha de su expedición.
Comuníque se ypublíquese.
Dado en Bogotá, D.E., a 6 de Juliode 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA,
El Ministro de Hacienda y CréditoPúblico
Eduardo Wiesner Durán
El MinistrodeOrbras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramirez
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.