Por el cual se organiza la Sección de Negocios Generales, se fijan unas asignaciones y se hacen varios nombramientos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de acuerdo con las autorizaciones concedidas en la Ley 5ª de 1925,
decreta:
Artículo 1° La Sección primera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se denominará Sección de Negocios Generales.
Artículo 2° Dicha Sección tendrá a su cargo los siguientes asuntos: personal y material del Ministerio; estudio de los contratos departamentales y municipales sobre empréstitos; custodia, arrendamiento, etc., de bienes nacionales; contratos sobre bienes ocultos; correspondencia; archivo y biblioteca; resolución de consultas referentes a los negocios de la Sección y los demás asuntos del Ministerio que no estén atribuídos a otra Sección.
Artículo 3° La Sección de Negocios Generales, tendrá el siguiente personal:
| a) Un Jefe de Sección, con un sueldo mensual de | $ | 200 |
|---|---|---|
| b) Un Oficial Mayor, con sueldo mensual de | 150 | |
| c) Un Oficial primero, con sueldo mensual de | 120 | |
| d) Un Archivero, con sueldo mensual de | 100 | |
| e) Un Estenógrafo, con sueldo mensual de | 70 | |
| f) Un Escribiente Mecanógrafo, con sueldo mensual de | 60 |
Artículo 4° El reglamento interno de las oficinas y la distribución del trabajo entre los diversos empleados, se hará por el Jefe de la Sección, debiendo someterse el reglamento a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 5° Nómbrase a los siguientes señores:
Al doctor Miguel Aguilera R., Jefe de la Sección.
Al doctor Arturo de Brigard, Oficial Mayor.
Al doctor Marco S. de Urbina, Oficial primero.
Al señor Jorge Pulecio, Archivero.
A la señorita María del C. Uriza, Estenógrafo.
Al señor Pedro J. Rozo, Escribiente Mecanógrafo.
Artículo 6° Habrá un Portero y un Conserje del Ministerio, con sueldos de $ 40 y $ 30, respectivamente, y se nombra para desempeñarlos, en su orden, a los señores José Mesa y Vicente Páez.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 2 de febrero de 1925.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús M. MARULANDA.
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