Por el cual se organiza la Sección de Negocios Generales, se fijan unas asignaciones y se hacen varios nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1925-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 6
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de acuerdo con las autorizaciones concedidas en la Ley 5ª de 1925,

decreta:

Artículo 1° La Sección primera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se denominará Sección de Negocios Generales.

Artículo 2° Dicha Sección tendrá a su cargo los siguientes asuntos: personal y material del Ministerio; estudio de los contratos departamentales y municipales sobre empréstitos; custodia, arrendamiento, etc., de bienes nacionales; contratos sobre bienes ocultos; correspondencia; archivo y biblioteca; resolución de consultas referentes a los negocios de la Sección y los demás asuntos del Ministerio que no estén atribuídos a otra Sección.

Artículo 3° La Sección de Negocios Generales, tendrá el siguiente personal:

a) Un Jefe de Sección, con un sueldo mensual de $ 200
b) Un Oficial Mayor, con sueldo mensual de 150
c) Un Oficial primero, con sueldo mensual de 120
d) Un Archivero, con sueldo mensual de 100
e) Un Estenógrafo, con sueldo mensual de 70
f) Un Escribiente Mecanógrafo, con sueldo mensual de 60

Artículo 4° El reglamento interno de las oficinas y la distribución del trabajo entre los diversos empleados, se hará por el Jefe de la Sección, debiendo someterse el reglamento a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 5° Nómbrase a los siguientes señores:

Al doctor Miguel Aguilera R., Jefe de la Sección.

Al doctor Arturo de Brigard, Oficial Mayor.

Al doctor Marco S. de Urbina, Oficial primero.

Al señor Jorge Pulecio, Archivero.

A la señorita María del C. Uriza, Estenógrafo.

Al señor Pedro J. Rozo, Escribiente Mecanógrafo.

Artículo 6° Habrá un Portero y un Conserje del Ministerio, con sueldos de $ 40 y $ 30, respectivamente, y se nombra para desempeñarlos, en su orden, a los señores José Mesa y Vicente Páez.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 2 de febrero de 1925.

PEDRO NEL OSPINA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús M. MARULANDA.

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