Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1918-11-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, teniendo en cuenta lo dispuesto en los Decretos números 1545 y 1622, de fechas 25 de septiembre último y 8 del presente, respectivamente, y haciendo uso de la autorización conferida por la Ley 71 de 1909,

decreta:

Artículo 1° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para la vigencia fiscal de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919, la suma de ciento cuarenta y seis mil novecientos diez y ocho pesos veintinueve centavos ($ 146.918-29), tomada de las siguientes imputaciones:

ministerio del tesoro

capitulo 71

Ministerio del Tesoro-Personal

Artículo 662. Sueldos de los empleados de este Ministerio, así:

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